Cuánto sube la pensión de viudedad en 2025

La subida de las pensiones en España ya está confirmada y será del 2,8% con carácter general: el IPC de noviembre de 2024 más 0,2 puntos porcentuales adicionales, tal y como se recoge en la Ley de reforma de las pensiones. Este aumento afecta a todas las pensiones del sistema, salvo las pensiones no contributivas, que previsiblemente se beneficiarán de una subida superior para cumplir con el objetivo de cubrir el 75% del umbral de la pobreza para una sola persona para 2027. La pensión máxima en 2025 será de 3. 174 euros al mes en 14 pagas, lo que equivale a 44. 436 euros anuales. Esto es lo máximo que puede cobrar un pensionista sumando todas sus prestaciones de la Seguridad Social, que puede incluir la pensión de jubilación y la pensión de viudedad, entre otras. Con esto en mente, la clave para saber cuál es la pensión máxima de jubilación está en cómo se calcula esa prestación. Con carácter general, la pensión de jubilación supone un 52% de la base reguladora de la persona fallecida. Este porcentaje puede alcanzar un 70% en caso de haber cargas familiares y un 60% para pensionistas mayores de 65 años y no perciba ingresos superiores al mínimo para cobrar esta pensión. Los pensionistas que perciban este tipo de prestaciones cobrarán un 2,8% más que en 2024. Para averiguar el aumento concreto en cada caso, solo es necesario multiplicar la pensión por 0,028. Después simplemente habría que sumar esa cantidad a la pensión de viudedad para dar con la cifra a cobrar en 2028. Los requisitos para acceder a la pensión de viudedad afectan tanto a la persona fallecida como a la que cobrará la prestación. En el caso de la persona fallecida, deberá de:Y por la parte de quien cobrará la prestación, los requisitos incluyen:La pensión de jubilación no es eterna y se puede perder por volver a casarse o establecerse como pareja de hecho, ya que no existiría necesidad de seguir recibiendo esta ayuda económica. Existen varias excepciones a la norma general, como casarse de nuevo más allá de los 61 años o antes si se trata de una persona con una incapacidad absoluta, gran invalidez o una discapacidad superior al 65%. Tampoco se perderá si la pensión de viudedad supone por lo menos el 75% de los ingresos anuales del beneficiario o si la suma de los ingresos del beneficiario más el nuevo cónyuge no superan dos veces el Salario Mínimo Interprofesional.
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