Nuevas fechas de las subastas del calendario 2025 del Tesoro Público

Las nuevas subastas de Letras del Tesoro Público en España ya tienen fecha en el calendario para este 2025. La primera, que tuvo lugar el pasado martes, acabó con un giro en el interés ofrecido a los títulos de 12 meses, con una ligera subida tras la caída de finales de 2024. Peor suerte corrieron los títulos a 6 meses, cuya rentabilidad volvió a caer. La siguiente cita en el calendario será el próximo martes 14, cuando se subastarán Letras a 3 y 9 meses. Así quedan las citas el resto de meses. La del pasado 7 de enero fue la primera subasta de Letras del Tesoro del año. La próxima cita con el Tesoro de este mes de enero será el próximo martes 14 de enero para hacerse con Letras a 3 y 9 meses. Ya en febrero los días claves serán el 4 y el 11. El Tesoro Público prevé unas necesidades de financiación nuevas de en torno a los 60. 000 millones para este ejercicio 2025, lo que supone un incremento de 5. 000 millones respecto a las de 2024, según anunciaba el ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo. Este ligero aumento se debe a la necesidad de dotarse de flexibilidad suficiente para dar respuesta a la reconstrucción y relanzamiento de las zonas afectadas por la catástrofe de la DANA. En términos brutos, las emisiones totales alcanzarán los 278. 000 millones de euros, un 7,2% más respecto al cierre de 2024, que supondrán un 16,7% del PIB. Este porcentaje se sitúa, no obstante, por debajo del volumen del año 2018, cuando las emisiones brutas suponían un 18% del PIB. El Tesoro subasta Letras cada mes, en sesiones separadas para los plazos de 6 y 12 meses, por un lado, y de 3 y 9 meses, por otro. Para comprarlas, el primer paso a seguir es acceder a la web del Tesoro Público y abrir una 'Cuenta Directa' en el Banco de España. Si dispone de un DNI electrónico o certificado digital, el cliente puede realizar la compra directamente a través de internet, seleccionando el valor que se quiere adquirir en el apartado de 'Compra y Venta de Valores' y transfiriendo el importe. Otra opción es acudir presencialmente a una sucursal del Banco de España con cita previa, que se puede concretar en internet. Los ciudadanos no saben cuál es la rentabilidad que ofrecerán las Letras en la siguiente subasta a la hora de hacer una oferta de compra, por lo que existe la opción de indicar el tipo de interés mínimo por el que se está dispuesto a realizar la compra, pero se corre el riesgo de quedar fuera de la subasta si esta se cierra con un tipo inferior. La mayoría de compradores optan por realizar ofertas no competitivas y quedarse con el precio que salga en la subasta, sin imponer condiciones. El importe nominal de cada Letra es de 1. 000 euros, por lo tanto, la inversión siempre será de este importe o un múltiplo del mismo. Las Letras del Tesoro no siguen el mismo sistema para recibir intereses que otros productos de ahorro, ya que se trata de emisiones al descuento. Esto significa que, en el momento de la emisión, estos títulos se adquieren a un precio más bajo que el nominal, para recibir los 1. 000 euros como pago en el momento del vencimiento, siendo la diferencia entre los dos importes la rentabilidad obtenida. Como, ejemplo, si se compra una Letra al 3%, se pagarán 970 euros al comprarla en la subasta para que el Tesoro devuelva después 1. 000 euros. En caso de necesitar recuperar el dinero invertido antes del final del plazo de amortización establecido, las Letras se pueden vender sin haber alcanzado su vencimiento, pero el cliente podría perder dinero según como hayan avanzado los tipos ofrecidos por el Tesoro Público desde su compra. Si la Letra se adquirió con una rentabilidad más baja a la que ofrece el organismo público en el momento de venderla, el precio que se estará dispuesto a pagar por el título en el mercado secundario será menor al de la compra inicial. Las ganancias obtenidas de este tipo de emisiones se considera rendimiento de capital mobiliario y está, por lo tanto, sujeto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Se aplicará el mismo gravamen que a cualquier renta del ahorro, en función de la cuantía obtenida. Así, los primeros 6. 000 euros tendrán un tipo del 19%, entre 6. 000 y 50. 000 euros será del 21%, del 23% entre 50. 000 y 200. 000 euros y del 28% para los importes que superen este último número.
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