La denunciante de Nacho Cano pide reabrir la causa y aporta vídeos para acreditar una detención ilegal


         La denunciante de Nacho Cano pide reabrir la causa y aporta vídeos para acreditar una detención ilegal
La denunciante de Nacho Cano, Lesly Ochoa, ha solicitado a través de su defensa la reapertura del procedimiento abierto contra el productor musical al entender que puede existir un presunto delito de detención ilegal. El abogado de Ochoa, el letrado Alfredo Arrien, ha detallado a Europa Press que se ha pedido la nulidad del auto en el que la Audiencia de Madrid acordaba el archivo provisional. Para ello, la defensa ha aportado vídeos grabados por la bailarina que acreditarían que estaba "sometida al control de la organización liderada" por el excomponente de Mecano. El pasado enero, el productor musical desfiló por los juzgados y se desvinculó de los hechos, lanzando un mensaje al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, al que acusó de "corrupto". Meses más tarde, en abril, la Audiencia acordó el archivo provisional al entender los magistrados que los imputados no trataron de introducir a los ciudadanos mexicanos que llegaron a España a representar el musical de forma clandestina. La Sala determinaba que de lo actuado se desprende una falta de indicios suficientes de comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores y de los extranjeros, con independencia de que "cumplan o no los requisitos administrativos a valorar en otra jurisdicción, lo cual es ya entrar casi en una investigación prospectiva que no corresponde al Juzgado". Los magistrados concluían que los investigados "no han tratado de introducir a los ciudadanos mexicanos de forma clandestina con una presunta entrada como turistas con la intención de permanecer en España con infracción de las normas de extranjería, sino siguiendo un procedimiento no poco común consistente en entrar como turista sin necesidad de visado y, una vez en nuestro país, solicitar el visado para estudiantes, práctica asumida por la normativa de la Unión Europea". En la misma línea, la Sala establecía que "no se trata de falsear su entrada en España para una permanencia ilegal, pues el propósito era conseguir el permiso necesario que, si bien fue denegado, la razón no fue por dicha entrada". Abundaban los magistrados en que "el procedimiento puede ser o no el adecuado, pero no llega a integrar la gravedad del tipo penal del artículo 318 bis", que castiga el tráfico ilegal de personas.

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